Embargos en procesos penales: el plazo existe, pero la protección puede continuar
La Suprema Corte resolvió que las medidas cautelares de aseguramiento en procesos penales —incluso con plazos legales de 60 días más 30 de prórroga— son constitucionales, porque el juez retiene autoridad para revisar y mantener la protección según las circunstancias del caso. Esas medidas pueden mantenerse el tiempo necesario para asegurar la reparación del daño.
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